Servicios disponibles en nuestro campus
Generales
Son objetivos de la institución:
Fomentar la cultura, la investigación, la formación y capacitación académica y laboral, la presentación y prestación de servicios, la asistencia académica y la promoción social, orientadas a contribuir en el desarrollo socio- económico del país, y las que se puedan aplicar a otras naciones.
Prestar un servicio educativo en idiomas, adaptada a la disponibilidad de los requerimientos de nuestros alumnos y cumpliendo con la legislación actual vigente en “Educación para el Trabajo y Desarrollo Humano”.
Dotar a sus miembros de conocimientos, habilidades y valores con compromiso ético, que permita su desempeño creativo y responsabilidad de la vida en sociedad, en especial en lo referente al diseño y prestación de servicio en idiomas. De igual manera fomentar en sus miembros la capacidad de razonamiento lógico, capacidad de auto-aprendizaje y de disposición al cambio, capacidad para mantener iniciativa y dominio de las habilidades para el trabajo individual y/o colectivo.
Velar por la integración de sus actividades con los sectores básicos de la actividad socioeconómica o con las actividades del país donde tiene su domicilio.
Formar personas competentes en idiomas con los más altos niveles académicos que se puedan desenvolver en labores que exijan conocimientos de más de un idioma.
Actualizar y construir conocimientos y en general capacitar para el desempeño básico, medio, técnico y profesional en las diferentes áreas del conocimiento en los idiomas inglés y francés.
Formar integralmente personas con competencias bilingües que apliquen a presentar exámenes con estándares internacionales.
ACCIONES: Para el cumplimiento de sus objetivos todos y cada uno de los integrantes de la institución según sus funciones y responsabilidades asignadas, sus posibilidades e intereses, deberán participar activamente en la puesta en marcha y buen término de las siguientes acciones:
Establecer los mecanismos y recursos que aseguren el cumplimiento de los requisitos académicos, científicos técnicos y tecnológicos investigativos y administrativos exigidos para cada uno de los programas.
Elaborar, programar, ejecutar y evaluar actividades de educación para el trabajo y desarrollo humano dentro del marco que le imponen sus principios, objetivos, la ley y las autorizaciones obtenidas de la autoridad de las entidades competentes.
Realizar los actos académicos y administrativos necesarios para el progreso de la institución.
Celebrar convenios o contratos con personas naturales o jurídicas, entidades nacionales o extranjeras que puedan obtener los servicios educativos, en temas, grupos y horarios específicos establecidos.
Fomentar y desarrollar actividades académicas de educación permanente al crecimiento personal, educativo y socio económico de nuestros estudiantes.
ATENCIÓN A PQRS.
Para la gestión derechos de petición y PQRS se cuenta con el correo electrónico servicioalcliente@smart.edu.co, también se reciben en físico por medio del buzón de sugerencias (radicadas en las respectivas sedes) y a su vez verbales por medio del formulario para recepción de PQRS verbales. Dicho formulario debe ser diligenciado por el coordinador Académico o Administrativo (dependiendo de la solicitud a la que haya lugar), donde debe quedar la recepción al correo de servicio al cliente y al estudiante que requiere la pqrs Así mismo, se cuenta con PBX donde se atiende cualquier tipo de solicitud, en Bogotá 2102484 y Medellín. 6051079 cuya extensión es 1187. Es preciso señalar que pretende atender todas las llamadas entrantes de lunes a viernes, en un horario de 7:30 a 6:00 pm, jornada continua. En caso de no contar con servicio de líneas telefónicas por alguna eventualidad podrá hacer a través de nuestra pagina www.smart.edu.co en el chatbot que indica: chatea con nosotros. El área de Servicio al Cliente, bajo la asesoría del coordinador Jurídico y de Servicio al Cliente y demás colaboradores, desarrolla acciones inmediatas para dar solución a las PQRS de los estudiantes o usuarios.
Comunidad
Smart Online
Uso de la plataforma Smart online.
Uso de la plataforma. La plataforma SmartOnline debe ser usada únicamente para fines académicos y formativos afines con la academia de idiomas Smart.
Perfil plataforma SmartOnline. Verificar que sus datos personales sean los correctos. Informar si es menor de edad, para registrar el correo electrónico de control parental y acudiente académico. A su discreción, el estudiante podrá incluir en su avatar una foto o imagen.
Credenciales de acceso. Por defecto, el usuario y la contraseña son enviados al estudiante a su correo electrónico. Las credenciales de acceso son de uso personal e intransferible, estas no deben ser dadas a un tercero para su uso.
Acceso a plataforma Meet. Para las sesiones de Smart Online el estudiante no requiere el uso de ningún correo pues estas se realizan directamente a través de la plataforma, eso solo aplicaría para las sesiones complementarias de SmartZone.
Requisitos y condiciones mínimas del equipo y de conexión. Cumplir con los requisitos mínimos del equipo de cómputo y de conexión para el desarrollo de las actividades en la plataforma.
Datos personales del estudiante. Mantener la información de contacto actualizada que sea de interés para la academia y que ésta facilite su localización de ser necesario.
Clases en línea con el instructor
Presentación frente a la cámara. Para una mejor interacción es importante mantener la cámara encendida durante las sesiones en línea con el instructor asignado.
Asistencia. Ingresar a la hora estipulada para la sesión virtual. El docente podrá tomar la asistencia al inicio de la sesión, durante y al final de la misma.
Participación. El estudiante debe ingresar a la sesión virtual con su nombre y apellidos.
Durante el desarrollo de las sesiones virtuales, el uso del chat está destinado para la participación activa de los estudiantes, así como realizar preguntas y pedir la palabra. Esta opción no debe usarse para atender asuntos personales u otros ajenos al curso. Se recomienda hacer uso del chat usando un lenguaje respetuoso y cortés para con los participantes de la sesión.
Informar irregularidades. Comunicar al coordinación SmartOnline si se presenta alguna irregularidad referida a: agresión física, agresión verbal, agresión gestual, agresión relacional, agresión electrónica, ciberacoso escolar (según lo indicado en el manual de convivencia) informar si es menor de edad, para registrar el correo electrónico de control parental y acudiente académico.
Aulas virtuales
Presentación personal. Tener una presentación personal adecuada para asistir a las sesiones virtuales.
Asistencia. Ingresar a la hora estipulada para la sesión virtual. El docente podrá tomar la asistencia al inicio de la sesión, durante y al final de la misma.
Participación. El estudiante debe ingresar a la sesión virtual con su nombre y apellidos.
Uso de micrófono y cámara. Durante las sesiones virtuales se recomienda tener deshabilitadas la cámara y el micrófono para no afectar la comunicación. El docente es quien dirige el uso de la cámara y el micrófono durante las sesiones virtuales y siempre y cuando sea necesario para el desarrollo de las actividades propuestas, así mismo como para la toma de la asistencia.
Chat. Durante el desarrollo de las sesiones virtuales, el uso del chat está destinado para la participación activa de los estudiantes, así como realizar preguntas y pedir la palabra . Esta opción no debe usarse para atender asuntos personales u otros ajenos al curso. Se recomienda hacer uso del chat usando un lenguaje respetuoso y cortés para con los participantes de la sesión.
Grabación de sesiones virtuales. Las sesiones virtuales que son impartidas por el docente Onlines son grabadas y estarán disponibles para su consulta en el repositorio de materiales dentro de la plataforma. (aplica para cursos grupales).
Solicitud de cambio de grupo de cursos SmartOnline. El estudiante tendrá derecho a solicitar, por única vez y sin costo alguno, un cambio de grupo como medida excepcional con previa verificación de su progreso académico y estado financiero, siempre y cuando se evidencie la inscripción en plataforma esté activa y estar al día con las obligaciones financieras adquiridas con la institución. Dicho cambio debe ser justificado con una razón válida y esta puede ser solicitada siguiendo el conducto indicado en este adendo para solicitudes de índole académico. Para realizar este procedimiento, el contrato debe estar vigente, y la caducidad del mismo no presentará variaciones y continuará siendo la pactada en el
contrato.
Foros y comunidades virtuales
Participación. Se recomienda al estudiante participar de manera activa en los foros de discusión semanal dando respuesta a los temas de discusión dispuestos por el/la docente. Estos estarán disponibles durante todo el proceso de formación del estudiante. Se debe hacer uso del foro usando un lenguaje respetuoso y cortés para con los participantes del foro.
Se recomienda discreción al compartir información personal tal como números de contacto (WhatsApp, perfiles de redes sociales, entre otros) con otros miembros de la comunidad.
Corporativo y personalizado
En corporativo y personalizado se puede elegir el idioma a estudiar entre inglés, francés, español para extranjeros, italiano, portugués, alemán. Estos pueden recibirse de manera presencial o 100% en línea con un docente privado, de acuerdo a las tarifas aplicadas a cada modalidad de
Se puede elegir entre clases con profesores no nativos y nativos de acuerdo a la modalidad de estudio y de acuerdo a las tarifas que apliquen a cada servicio
Es posible tener clases individuales o grupales esto dependerá del curso adquirido, sus tarifas y los requerimientos de nivel para la conformación de grupos.
Para conformar un grupo y tener un docente privado, sus integrantes del grupo deben tener el mismo nivel de estudio. De manifestar tener conocimiento en el manejo de idiomas, todos los estudiantes aspirantes deberán presentar el examen de clasificación estipulado por Smart.
Los programas o cursos adquiridos pueden ser utilizados hasta la fecha de vencimiento estipulada en el contrato y reiterada en la carta de inducción. De querer continuar con el curso se generará un cobro extra de acuerdo a lo estipulado en la carta de inducción, el cual puede variar dependiendo del curso y nivel.
Es posible realizar la cancelación o reprogramación de una clase, esto se debe hacer con mínimo 6 horas de antelación para clases presenciales o mínimo 3 horas para clases en línea de acuerdo a lo estipulado en la carta de inducción C.P, de lo contrario se dará 1 hora de clase como vista.
El curso o programa adquirido se debe tomar sin interrupciones y en su totalidad de acuerdo a la intensidad mínima recomendada:
16 horas al mes para clases presenciales y 100% en línea (2 días a la semana 2 horas o 3 días a la semana 1.5 horas)
12 horas al mes para clases 50/50 (50% en plataforma de manera autónoma y 50% con profesor privado en línea programado 3 veces a la semana 1 hora).
Las clases se pueden programar de domingo a domingo entre 6:00am a 9:00pm de acuerdo a la intensidad mínima recomendada a cada programa o curso, los horarios programados deberán ser fijos durante todo el programa contratado, en caso de requerir cambio de horario por alguna de las partes, Smart tendrá cinco (05) días hábiles como mínimo para realizar la asignación del nuevo instructor, en caso que no se pueda acordar el cambio de horario con el instructor inicialmente asignado.
Aunque el estudiante no tome clases deberá cumplir con los pagos mensuales en las fechas estipuladas al momento de firmar el contrato, así mismo, si el estudiante quiere tomar una intensidad horaria mayor a la pactada dentro del valor de su cuota mensual, deberá cancelar el valor adicional que cubra el excedente de horas que se pretendan tomar.
Para los programas C.P.V 50/50 el estudiante se hace responsable total del avance en los contenidos dispuestos en la plataforma, el avance y cumplimiento es obligatorio para la finalización de estos programas, Smart puede suspender las clases con el instructor en línea si no evidencia avance en los contenidos de la plataforma.
Los programas C.P.V 50/50 proveen al estudiante una plataforma la cual puede ser usada 24/7, el uso de esta plataforma es indispensable para complementar el nivel adquirido, el estudiante se hace responsable total del avance en los contenidos dispuestos en la plataforma, el avance y cumplimiento es obligatorio para la finalización de estos programas. La aprobación o expedición de constancias de estudio solo se llevará a cabo cuando se complete tanto las horas con profesor en línea, como las actividades planteadas para el nivel adquirido dentro de la plataforma. Lo anterior dentro del tiempo descrito en la carta de inducción.
Al adquirir un servicio C.P.Virtual 50/50 en línea, por beneficiario se dará acceso a nuestra plataforma de estudio, dicho acceso se dará al inicio de cada nivel; en caso de vencimiento, su reactivación representará un costo adicional para cada estudiante de acuerdo a lo estipulado en la carta de inducción.
Los libros están incluidos dentro del costo del programa siempre y cuando se contrate el nivel completo. Si adquiere más de 1 nivel, el material se entregará únicamente previo a iniciar el nivel; del segundo nivel en adelante, el material se entregará previo a revisión de aprobación de nivel anterior.– El material se entrega para el buen desarrollo del programa luego de que el estudiante haya cumplido con los objetivos académicos y a su vez esté al día en los pagos. En caso de adquirir un curso de los diferentes idiomas por más de 40 horas o subnivel, el estudiante debe asumir el costo del material a usar durante el desarrollo de este programa.– En caso de pérdida del libro, su reposición representará un costo adicional para el
estudiante.– En caso de adquirir un programa que cuente con plataforma virtual, tenga en cuenta que los ejercicios deben hacerse en casa de manera autónoma. Recuerde que para la adquisición de una nueva lengua, es fundamental llevar un proceso autónomo de estudio. Sólo asistir a las sesiones de clase no
garantizará el aprendizaje deseado.
La asignación de instructores académicos en relación al género, edad, etnia y nacionalidad está a discreción de la academia de idiomas Smart, de acuerdo a los requerimientos de idioma, horarios y servicio adquirido. Smart se reserva el derecho de asignación del instructor a impartir el servicio.
Para el desarrollo del servicio adquirido, la academia de idiomas Smart asignará un instructor en idiomas de acuerdo al servicio a impartir, dicho instructor puede ser cambiado a discreción de Smart cada vez que sea necesario.
Los horarios de clase pueden ser modificados al inicio o durante el desarrollo del servicio adquirido, en mutuo acuerdo entre el estudiante y la academia de idiomas Smart.
Si se presenta un cambio de instructor académico por cualquier motivo y a solicitud de cualquiera de las partes, Smart tendrá cinco (05) días hábiles como mínimo para realizar la asignación del nuevo instructor.
La expedición de constancias de estudio de finalización del curso, se realizará cuando el estudiante haya cumplido con los requerimientos académicos: Principal: nota final superior a 3,5, de igual modo se tendrá en cuenta la asistencia a las clases, mínimo del 80%.
La academia de idiomas Smart imparte clases a niños mayores de 6 años, los cursos o programas impartidos a menores de edad, ya sean presenciales o virtuales, deben estar bajo la supervisión de sus padres o un adulto responsable asignado por los padres o titulares del contrato.
El estudiante es responsable de confirmar por el medio de comunicación dispuesto por Smart, el estado de horas vistas mes a mes de acuerdo a las fechas y horas reportadas por el instructor. De no recibir confirmación en el término de 2 días por parte del estudiante, se entenderá que las clases fueron dictadas a satisfacción.
El contratante es responsable de las herramientas utilizadas para el desarrollo de las clases, exonerando a Smart de cualquier acción involuntaria que pueda llegar a
Para el desarrollo de las clases en línea con el instructor, el estudiante es responsable de la estabilidad de su conexión a internet, funcionamiento de su computador, cámara y audio.
Para una mejor comunicación entre el instructor y el/los estudiantes se compartirán los datos personales de contacto del estudiante tales como: números de celular, correo electrónico y dirección de las clases (para clases presenciales) al o los instructores con quienes tenga clase en Smart.
La academia de idioma Smart pone a disposición de los estudiantes un grupo de actividades extracurriculares denominadas Smart Zone, que tienen como fin reforzar aquellas habilidades que considere mejorar durante su proceso de aprendizaje.
Estas actividades extracurriculares estarán disponibles de acuerdo a los términos y condiciones descritos en los programas de instituto. Este servicio aplica para los idiomas inglés y Francés estarán disponibles siempre y cuando los contratos estén activos.
Los documentos tales como: carta de inducción, contenidos programáticos entre otros, se enviarán al correo electrónico registrado en la ficha de estudiante, la recepción de los documentos por dicho medio funcionan como soporte de aceptación de la información contenida en los mismos, en caso de no estar de acuerdo con la documentación enviada, podrá responder al mismo correo exponiendo sus dudas y comentarios.
Instituto
La Academia podrá realizar cambios en los contenidos de los programas académicos contratados en pro de garantizar la mejora de los planes de estudio.
Estos cambios serán divulgados a la comunidad educativa garantizando el cumplimiento de las horas contratadas y los parámetros de calidad requeridos en el desarrollo de cada uno de los niveles adquiridos.
Una vez iniciado el programa adquirido, si el estudiante considera por voluntad propia que el nivel asignado no es el apropiado podrá solicitar a través del correo servicioalcliente@smart.edu.co la presentación de un test de clasificación a fin de realizar una reclasificación del nivel a iniciar.
Esta reclasificación o asignación de nivel NO genera bajo ningún concepto cambio de los valores del contrato, plazos, montos y fechas de pago.
Es deber del estudiante, al hacer parte de la comunidad educativa de la Academia de Idiomas Smart, conocer y acatar el manual de convivencia estudiantil que puede ser consultado en nuestra página web a través del link Manual de Convivencia-Smart
La Academia de idiomas Smart no asume responsabilidad por pérdida de dispositivos electrónicos y/o demás implementos que el estudiante ingrese a sus instalaciones ya que estos son de responsabilidad exclusiva del estudiante quien garantizará las condiciones mínimas de custodia de los mismos.
El estudiante que ingresa a la Academia de Idioma de SMART debe ser mayor de 12 años, aunque en algunos casos puede tener 10 años u 11 años siguiendo un procedimiento interno que valida las competencias del estudiante, no hay límite máximo de edad para ingresar.
El beneficiario deberá tener al menos 18 años de edad para convenir y aceptar estos Términos de Servicio en nombre propio. Si es menor de 18 años, su padre, madre o tutor legal debe aceptar estos Términos de Servicio y registrarse para el Servicio que está adquiriendo
En los cursos del programa de inglés se hace entrega de un material digital denominado “online workbook” para el desarrollo de actividades complementarias al proceso formativo de cada estudiante. Este material virtual cuenta con un (1) año de vigencia por cada libro, contado a partir de la activación que usted haga en la plataforma de Cambridge University Press. Terminado el año de activación y
utilización del Workbook, éste se bloqueará y no permitirá acceso a ningún estudiante. Si opta por re-activar este servicio, deberá cancelar el valor correspondiente a un nuevo código.
Los cursos adquiridos con la Academia son cursos cuyo registro y estructura se han avalado para ser desarrollados presencialmente soportados con algunos recursos digitales. Es de aclarar que dada la contingencia COVID-19 se están desarrollando los servicios en alternancia contando con los decretos de los entes gubernamentales. Una vez finalice la vigencia de estos decretos, los servicios retornarán a su desarrollo presencial y el servicio en alternancia será suspendido.
El servicio de clases dadas en nuestras instalaciones o a través de los medios que la academia disponga se encuentra sujeto a disponibilidad al momento en que el estudiante realiza el agendamiento de su espacio académico. La Academia recomienda cumplir con la intensidad de al menos 3 o 5 clases semanales programándolas a través de los sistemas dispuestos por la institución con un día de antelación. Información dada a conocer en la carta de inducción
El estudiante declara que al firmar el contrato acepta tomar el programa sin interrupciones y en su totalidad con una intensidad de entre 3 o 5 clases semanales; esto estará supeditado al pago de las cuotas concertadas al momento de la adquisición del servicio.
Las clases se pueden CANCELAR con 3 horas de antelación, a través de los medios dispuestos por la Academia, informados en la inducción. Toda clase que no se cancele en este lapso será dada por vista y las horas serán descontadas del contrato adquirido. Si se presenta algún inconveniente que le impida cancelar una clase se podrá comunicar con la coordinación de su sede para validar los soportes de su inasistencia y poder realizar la cancelación de su clase
La academia ofrece flexibilidad de horario en la programación de clases a sus estudiantes, dando la posibilidad de asistir en cualquier bloque horario establecido por la academia entre las 6:00am a 9:00pm de Lunes a Viernes y 7:00am a 4:30pm los días sábados de acuerdo al cuadro relacionado al punto 1 de la carta de inducción.
Con el fin de desarrollar habilidades comunicativas en idiomas, Smart en su metodología de aprendizaje tiene establecida la rotación constante de docentes entre clases. Se aclara que no hay posibilidad de asignar un mismo docente de manera fija para el desarrollo del programa formativo.
Nuestros programas cuentan con un sistema de evaluación que garantiza el cumplimiento del objetivo del contrato. Por ende, el estudiante deberá cumplir con los requerimientos académicos establecidos para cada programa acorde al Proyecto Educativo Institucional.
Es posible para el estudiante cambiar el idioma a lo largo de su contrato por una (1) sola vez. En ese caso, deberá notificar a SMART dicha novedad para su respectiva aprobación a través de los canales dispuestos para tal finEs posible para el estudiante hacer cambio de beneficiario de su programa a lo largo de su contrato por una (1) sola vez. En ese caso, deberá notificar a SMART dicha novedad para su respectiva aprobación a través de los canales dispuestos para tal fin.El estudiante no podrá programar clases después de la fecha de finalización o caducidad estipulada en su contrato. Si le quedaran horas de clase por tomar después de la fecha de caducidad, ofrecemos un beneficio por actualización de costos, que consiste en que el estudiante cancele el cincuenta (50%) del valor de las horas faltantes, para que así se amplíe la duración del contrato, esto con el fin de terminar el proceso académico que no pudo culminar según los términos de vigencia estipulados, es de aclarar que esto es un beneficio que ofrece la academia a sus estudiantes y no hace parte de las obligaciones contractuales. Para hacer la solicitud ingrese al botón “Atención al usuario” en la plataforma School Pack.
Regulaciones y comportamientos
Instituto
Smart Online
Durante la prestación del servicio para los cursos Smartonline, la comunicación
entre acudientes y estudiantes con el personal académico y administrativo se
establecerá por medio de correo electrónico y/o a través de la plataforma.
Ante una situación académica: la competencia para resolver o el conducto regular
es el siguiente:
Docente titular/docente asistente. El estudiante debe realizar la solicitud de
manera verbal y/o escrita a través del correo electrónico enviado por el docente al
inicio del curso y/o a través de la plataforma en la opción preguntar dudas a un
tutor.
Coordinador Smartonline. El estudiante debe realizar la solicitud únicamente a
través del correo electrónico coordinacionsmartonline@smart.edu.co
Gestor Smart Online. El estudiante debe realizar la solicitud de constancias de estudio escribiendo al correo electrónico gestorsmartonline@smart.edu.co
Ante una situación de incidencias de servicio técnico para resolver, el conducto regular es es siguiente:
Soporte técnico. El estudiante debe realizar la solicitud a través de la opción soporte técnico que se encuentra alojado en la plataforma y/o escribir al correo electrónico soportesmartonline@smart.edu.co
Ante una situación de servicio al cliente el conducto regular es el siguiente:
Servicio al cliente. El estudiante debe realizar la solicitud escribiendo al correo electrónico servicioalcliente@smart.edu.co
Ante una situación relacionada con pagos y envío de comprobantes de pago, el
conducto regular es el siguiente:
Pagos. El estudiante debe realizar la solicitud enviando un correo electrónico a pagos@smart.edu.co
Ante una situación relacionada con: solicitud de estados de cuenta, información de cuotas, valor a pagar, y /o fechas de pago, el conducto regular es el siguiente:
El estudiante debe realizar la solicitud realizando la consulta a través del chat en línea chat with us o puede acercarse a una de nuestras sedes.
La academia de idiomas Smart ofrece canales de atención directa desde la página web //smart.edu.co en las opciones de chat with us y via whatsapp.
Comportamiento y Faltas disciplinarias
Sin perjuicio de lo consignado en el manual de convivencia (artículos 50 al 59) y dando cumplimiento a los protocolos de atención para las Situaciones establecidas en la Ley 1620 de 2013.Se incuiran como faltas leves las siguientes:
● No asistir a las sesiones virtuales cuando estas han sido reservadas por el estudiante.
● No ingresar a la plataforma y/o no realizar las actividades propuestas en el plan semanal por más de 2 (dos) semanas.
● Ingresar tarde o retirarse antes de la finalización de la sesión virtual sin aviso o justificación.
● No acatar las instrucciones dadas por el docente durante las sesiones virtuales, foros, instrucciones y evaluaciones de checkpoint y las demás actividades que correspondan.
● Usar inadecuadamente de la plataforma virtual (aquellas ajenas a la naturaleza académica de la misma)
● Incumplir con los DEBERES contemplados en el manual de convivencia.
PARÁGRAFO. La reincidencia en FALTAS LEVES y el no asumir actitudes de cambio frente a las mismas, cumplido el debido proceso y realizados los seguimientos respectivos, se entenderá y tratará en adelante como FALTA GRAVE.
Entre otras se tienen en cuenta las siguientes como faltas graves:
● Faltar al respeto para con los miembros de la comunidad (estudiantes, docentes, personal administrativo , académico y colaboradores de la academia ) usando vocabulario inadecuado, imágenes o gestos obscenos a través del aula virtual, chat del aula virtual, foros, comunidad, mensajería privada, correo electrónico, grupos de conversación, entre otros.
● Compartir información personal y/o de contacto (número de teléfono, whatsapp, correo electrónico, fotos de perfil ) de los docentes , personal administrativo y académico o cualquier otro colaborador de la academia a terceros con fines ajenos a la prestación del servicio educativo.
● Hacer uso de imágenes, videos, capturas de pantalla, y/o audios de las sesiones virtuales con el ánimo de difundirlos en cualquiera de las redes sociales existentes.
● Hacer uso de imágenes, audios, contenido audiovisual que no sea de la autoría del estudiante en el desarrollo de los talleres de evaluación(Checkpoint).
Entre otras, se tienen en cuenta las siguientes como faltas gravísimas:
● Compartir las credenciales de acceso para que una persona diferente a quien se encuentra matriculada haga uso de la plataforma y/o acceda a las sesiones virtuales.
● Suplantar la identidad de otro estudiante al realizar actividades tales como, asistencia a sesiones virtuales, desarrollo de talleres (checkpoint) y/o lecciones.
● Usar software malicioso, malware, spyware , virus entre otros con efectos dañinos para el correcto funcionamiento de la plataforma y afecte a los usuarios de la misma.
● Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 6.
Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”
● Cualquier otra conducta que se constituya como un delito según el código penal Colombiano.
Situación tipo I. Se consideran situaciones tipo I, aquellas que alterando el normal desarrollo de las actividades institucionales NO atentan contra la integridad física, moral y buenas costumbres de los estudiantes.
Situación tipo II
Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar (bullying) y ciberacoso (Ciberbullying), que no revistan las características de la comisión de un delito y que cumplan con cualquiera de las siguientes características:
a) Que se presenten de manera repetida o sistemática.
b) Que causen daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.
Situación tipo III Reincidencia por una vez en una falta grave o comprobación de dolo en hechos que afecten la integridad de los miembros de la comunidad educativa y que constituyen un delito, según la Ley. Situaciones que son constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
Las sanciones por faltas disciplinarias según la gravedad de las mismas contemplan:
a. Amonestación verbal al estudiante. Es un llamado de atención al estudiante cuando este ocurre en las sesiones virtuales y/o tutorías y cuya falta está considerada entre las faltas leves. El docente hará un llamado de atención al estudiante para solicitar un actuar correctivo o de reflexión sobre el comportamiento del estudiante.
b. Amonestación escrita (físico o correo electrónico) al estudiante y en caso de ser necesario al titular y/o acudiente. Es un llamado de atención al estudiante cuando la amonestación verbal no haya sido acatada, cuando el proceso de aprendizaje del estudiante se vea afectado y/o cuando el comportamiento sea reincidente o esté clasificado dentro de las posibles faltas graves.
c. Inhabilitación temporal del curso en plataforma (esto no implica devolución del dinero o la extensión del tiempo en contrato) será causal por cometer faltas clasificadas como graves y/o gravísimas , también por el incumplimiento y /o el retraso de los pagos por parte del estudiante de sus cuotas mensuales dará lugar a la constitución de mora y como consecuencia la suspensión temporal de sus lecciones.
d. Inhabilitación definitiva del curso en plataforma y cancelación de la matrícula o contrato (esto no implica devolución del dinero o la extensión del tiempo en contrato) será causal por cometer faltas calificadas como gravísimas.
e. Expulsión (sin detrimento de la posibilidad de reintegro posterior a la institución y/o devolución de dinero).
Acción disciplinaria
La academia de Idioma Smart es el titular de las acciones disciplinarias de acuerdo con la gravedad de las mismas. Los actores competentes para recibir y/o tramitar las sanciones disciplinarias son:
a. Docentes SmartOnline (titular o asistente)
b. Docentes SmartOnline (titular o asistente), coordinador SmartOnline y gestor de servicio SmartOnline/docente.
c y d. En consenso son: equipo jurídico y equipo SmartOnline
e. Se realiza solicitud al equipo jurídico previa revisión de antecedentes académicos y financieros.
Parágrafo: Toda acción disciplinaria inicia cuando por queja o notificación de un colaborador de la academia de idiomas Smart, algún docente SmartOnline, estudiante o cualquier persona, por notoriedad pública o situación que amerite credibilidad. El debido proceso se realizará acorde a lo acordado en el manual de convivencia vigente.
COMPORTAMIENTOS Y FALTAS
COMPORTAMIENTOS TIPIFICADOS COMO FALTAS LEVES. Son consideradas como Faltas Leves, las siguientes:
Hacer caso omiso de las observaciones y recomendaciones hechas por cualquier miembro de la Comunidad Educativa.
No colaborar con el orden, aseo y cuidado de los elementos y de todos los espacios de la Institución.
Ocasionar desorden dentro y fuera del salón de clase
No informar de las citaciones que se envían en forma física o electrónica a su acudiente.
Usar en clase cualquier elemento u objeto distractor que interfiera con el desarrollo de la actividad correspondiente.
Comercializar artículos comestibles dentro de la sede
Celebrar de forma inadecuada o agresiva algún acontecimiento especial.
Practicar juegos de azar como cartas, dados, ruletas dentro de la institución.
Incumplimiento de los deberes contemplados en el presente manual.
PARÁGRAFO. La reincidencia en FALTAS LEVES y el no asumir actitudes de cambio frente a las mismas, cumplido el debido proceso y realizados los seguimientos respectivos, se entenderá y tratará en adelante como FALTA GRAVE.
COMPORTAMIENTOS TIPIFICADOS COMO FALTAS GRAVES. Son consideradas como Faltas Graves, las siguientes:
Reincidir en faltas leves o en el incumplimiento de cualquier norma contenida en el presente Manual.
Faltar al respeto a cualquier miembro de la Comunidad Educativa o asumir actitudes negativas o groseras frente a los llamados de atención.
Faltar a la honradez y a la verdad contra cualquier miembro de la comunidad educativa.
Exteriorizar conductas, actos o comportamientos tales como besos, abrazos, caricias o relaciones sexuales dentro de la sede.
Maltratar y hacer mal uso de todos los muebles e inmuebles de la planta física de Smart o de la comunidad educativa.
Operar máquinas, herramientas o equipos que no han sido autorizados, o realizar con ellos trabajos distintos a los asignados sin la supervisión de la persona responsable.
Recoger dinero, organizar o realizar paseos y salidas de carácter social tomando el nombre de la Institución sin autorización de ésta.
Agredir, ejercer influencia negativa o inducir a prácticas nocivas dentro de la Institución en detrimento de la integridad física, psicológica y emocional de sí mismo y de los demás.
Realizar acoso escolar, bullying o ciberacoso, que causa daño a la salud física o metal y se presenta en forma repetitiva, pero que no reviste las características de un delito.
Manifestar indiferencia o complicidad de su entorno frente al acoso escolar.
Tener un comportamiento social inadecuado dentro o fuera de la Institución, que comprometa el buen nombre de Smart
Realizar conductas y comportamientos obscenos que atenten contra la dignidad humana y el pudor sexual.
Consumir o presentarse bajo el efecto de bebidas alcohólicas o cualquier otra sustancia psicoactiva no permitida por la ley.
Traer, consumir cigarrillos dentro de la institución e invitar a sus compañeros a fumar.
Tener, acceder a páginas y distribuir material pornográfico dentro de la institución
Hurtar, apropiarse, esconder o tomar útiles escolares, libros, materiales y herramientas o cualquier clase de objetos de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o ser cómplice de esta falta.
Comercializar trabajos escolares académicos o técnicos dentro de la Institución.
Alterar, adulterar, falsificar firmas, documentos, planillas, circulares, comunicados o incurrir en fraude o engaño.
No respetar el derecho de autor de cualquier trabajo escolar.
Inducir a otros estudiantes a incumplir los deberes o violar lo establecido en el presente manual.
Irrespetar el derecho a la privacidad y a la intimidad de acuerdo con el art. 33 de la Ley de Infancia y Adolescencia.
Portar, ingresar o utilizar armas y/o elementos como armas que puedan poner en peligro o atentar contra la integridad física o emocional de cualquier miembro de la comunidad educativa.
Manifestar indiferencia o complicidad de su entorno frente al acoso escolar.
Apostar dinero en juegos de azar y prácticas deportivas.
PARÁGRAFO. La reincidencia en FALTAS GRAVES y el no asumir actitudes de cambio frente a las mismas, cumplido el debido proceso y realizados los seguimientos respectivos, se entenderá y tratará en adelante como FALTA GRAVÍSIMAS
ARTÍCULO 52. COMPORTAMIENTOS TIPIFICADOS COMO FALTAS GRAVÍSIMAS. Son consideradas como Faltas Gravísimas, las siguientes:
Reincidir en faltas graves o en el incumplimiento de cualquier norma contenida en el presente Manual, así como asumir actitudes negativas y de no cambio frente a los llamados de atención que se le hagan.
Realizar cualquier tipo de conducta negativa, intencional, metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un estudiante, por parte de un compañero o varios de sus pares y que se presente de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado; igualmente por parte de estudiantes contra docentes de acuerdo con el Artículo 2 de la Ley de Convivencia Escolar.
Realizar intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y videojuegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado de acuerdo con el Artículo 2 de la Ley de Convivencia Escolar.
Distribuir y comercializar bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas o invitar a otros a que lo hagan dentro del plantel.
Crear falsas alarmas que generen pánico colectivo, tales como: estallar fulminantes, provocar quemas dentro o fuera del aula y afectar el ambiente con sustancias de olores desagradables.
Alterar, sustraer o falsificar certificados de estudio, registros de calificaciones, listas de asistencia, archivos de estudiantes, firmas de padres, acudientes o docentes y documentos varios.
Portar, guardar o utilizar armas blancas o corto punzantes, de fuego o artefactos explosivos.
Hurtar, apropiarse, esconder o tomar útiles escolares, libros, materiales y herramientas o cualquier clase de objetos de cualquier miembro de la Comunidad Educativa o ser cómplice de esta falta.
Cualquier otra conducta que constituya contravención o delito penal según la legislación colombiana.
ARTÍCULO 53. DE LOS PROTOCOLOS DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR.
De acuerdo a lo establecido en el Decreto 1965 de 2013, los establecimientos educativos estarán orientados a fijar los procedimientos necesarios para asistir oportunamente a la comunidad educativa frente a las situaciones que afectan la convivencia escolar y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. La Ruta de Atención Integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al consejo directivo académico para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del manual de convivencia.
De acuerdo con la Ley 1620 de 2013, por la cual se crea el sistema nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar, el presente manual se permite definir los siguientes términos. La tipificación de faltas está fundamentada en la “Ruta de atención Integral” para la Convivencia Escolar y
se refiere a las situaciones que afectan la convivencia y el ejercicio de los Derechos Humanos, sexuales y reproductivos.
Para la sana convivencia es importante tener en cuenta es importante tener en cuenta las siguientes definiciones y situaciones que son tomadas de la ley 16 20 de 2013
Agresiones. Son acciones intencionales tomadas por uno o varios miembros de la comunidad educativa que afectan a otros miembros de la misma comunidad de los cuales por lo menos uno es estudiante. Estas se clasifican en:
Agresión física. Es toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.
Agresión verbal. Es toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.
Agresión gestual. Es toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.
Agresión relacional. Es toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.
Agresión electrónica. Es toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía
SITUACIONES TIPO UNO. Corresponden a este tipo los conflictos manejados inadecuadamente y aquellas situaciones esporádicas que inciden negativamente en el clima escolar, y que en ningún caso generan daños al cuerpo o a la salud.
SITUACIONES TIPO DOS. Son aquellas que afectan la integridad individual y la convivencia escolar o la reincidencia hasta por tres veces en cualquiera de las faltas leves. Situaciones como bullying y ciberacoso (Ciberbullying), que no tiene las características de un delito, que no se presenta de manera repetitiva o sistemática y que no causen daños al cuerpo o a la salud mental o física para los involucrados.
Acoso escolar (bullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda conducta negativa, intencional metódica y sistemática de agresión, intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal, físico o por medios electrónicos contra un niño, niña o adolescente, por parte de un estudiante o varios de sus pares con quienes mantiene una relación de poder asimétrica, que se presenta de forma reiterada o a lo largo de un tiempo determinado. También puede ocurrir por parte de docentes contra estudiantes, o por parte de estudiantes contra docentes, ante la indiferencia o complicidad de su entorno.
Ciberacoso escolar (ciberbullying). De acuerdo con el artículo 2 de la Ley 1620 de 2013, es toda forma de intimidación con uso deliberado de tecnologías de información (Internet, redes sociales virtuales, telefonía móvil y video juegos online) para ejercer maltrato psicológico y continuado. 6. Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 1146 de 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido sobre un niño, niña o adolescente, utilizando la fuerza o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes entre víctima y agresor”.
SITUACIONES TIPO TRES. Reincidencia por una vez en una falta grave o comprobación de dolo en hechos que afecten la integridad de los miembros de la comunidad educativa y que constituyen un delito, según la Ley. Situaciones que son constitutivas de presuntos delitos contra la libertad, integridad y formación sexual.
Violencia sexual. De acuerdo con lo establecido en artículo 2 de la Ley 1146 2007, “se entiende por violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes todo acto o comportamiento de tipo sexual ejercido un niño, niña o adolescente, utilizando la o cualquier forma de coerción física, psicológica o emocional, aprovechando las condiciones de indefensión, de desigualdad y las relaciones de poder existentes
entre víctima y agresor”.
Vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es toda situación de daño, lesión o perjuicio que impide el ejercicio pleno de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
Restablecimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes: Es el conjunto de actuaciones administrativas y de otra naturaleza, que se desarrollan para la restauración de su dignidad e integridad como sujetos de derechos, y de su capacidad para disfrutar efectivamente de los derechos que le han sido vulnerados.
ARTÍCULO 54. COMPONENTES DE LA RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL MENORES Y MAYORES DE EDAD PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR. De acuerdo a lo establecido por la ley 1620 de 2013 en el artículo 30, Ruta de Atención Integral tendrá como mínimo cuatro componentes: de promoción, de prevención, de
atención y de seguimiento.
ARTÍCULO 55. COMPONENTE DE PROMOCIÓN
El componente de Promoción se centrará en el desarrollo de competencias y el ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos. Este componente determina la calidad del clima estudiantil y define los criterios de convivencia que deben seguir los miembros de la comunidad educativa en los diferentes espacios del establecimiento educativo y los mecanismos e instancias de participación del mismo, para lo cual podrán realizarse alianzas con otros actores e instituciones de acuerdo con sus responsabilidades.
ARTÍCULO 56. COMPONENTE DE PREVENCIÓN
El componente de prevención deberá ejecutarse a través de un proceso continuo de formación para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente, con el propósito de disminuir en su comportamiento el impacto de las condiciones del contexto económico, social, cultural y familiar. Incide sobre las causas que puedan potencialmente originar la problemática de la violencia escolar, sobre sus factores precipitantes en la familia y en los espacios sustitutivos de vida familiar, que se manifiestan en comportamientos violentos que vulneran los derechos de los demás, y por tanto quienes los manifiestan están en riesgo potencial de ser sujetos de violencia o de ser agentes de la misma en el contexto escolar.
PARÁGRAFO. En la Academia de Idiomas Smart los componentes de Promoción Prevención están enmarcados de acuerdo a lo establecido en la Ruta de Intención Integral, donde se toma como eje transversal el desarrollo de las “Habilidades Sociales” y se aborda desde el nivel A1 con actividades enmarcadas en las diferentes temáticas vistas en clase. De igual forma para determinar la calidad del clima escolar se toman los criterios de convivencia y mecanismos e instancias de regulación de la vida escolar descritos en el presente Manual de Convivencia Institucional.
ARTÍCULO 57. COMPONENTE DE ATENCIÓN
El componente de atención deberá desarrollar estrategias que permitan asistir al estudiante al padre, madre de familia o al acudiente, o al educador de manera inmediata, pertinente, ética e integral, cuando se presente un caso de violencia o acoso escolar o de comportamiento agresivo que vulnere los derechos
humanos, sexuales y reproductivos, de acuerdo con el protocolo y en el marco de las competencias y responsabilidades de las instituciones y entidades que conforman el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y Formación para los Derechos Humanos, la Educación para la Sexualidad y la Prevención y Mitigación de la Violencia Escolar. Este componente involucra a actores diferentes a los de la comunidad educativa únicamente cuando la gravedad del hecho denunciado, las circunstancias que lo rodean o los daños físicos y psicológicos de los menores involucrados sobrepasan la función misional del establecimiento educativo.
ARTÍCULO 58. PROTOCOLO PARA LA ATENCIÓN DE SITUACIONES
Teniendo en cuenta las siguientes descripciones, si se llegase a incurrir en una o varias situaciones, la academia aplicará las sanciones establecidas en el artículo 40 del presente manual. Además se tendrá en cuenta los siguientes protocolos:
ATENCIÓN SITUACIONES TIPO I: la atención de las situaciones tipo I que se presenten dentro de la Academia deberán resolverse de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. El consejo directivo deberá reunir inmediatamente a las partes involucradas en el conflicto y mediar de manera pedagógica para que éstas
expongan sus puntos de vista y busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo. 2. En un proceso de medición se deberá fijar la forma de solución de manera imparcial, equitativa y justa, encaminada a buscar la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el grupo involucrado o en el establecimiento educativo. De esta actuación se dejará constancia en formato de acta institucional. 3. El consejo directivo académico deberá realizar seguimiento del caso y de los compromisos a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir a los protocolos consagrados en el presente Manual y de acuerdo al o establecido en el Decreto 1965 artículos 43 y 44.
ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO II: la atención de las situaciones tipo II que se presenten dentro de la Academia deberán resolverse de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud, se debe garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la
remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2.
Cuando se requieran medidas de restablecimiento de derechos, se debe remitir la situación a las autoridades administrativas, en el marco de la Ley 1098 de 2006, actuación de la cual se dejará constancia bajo el formato de acta. 3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia. 4. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados si fueren menores de edad, actuación de la cual se dejará constancia. 5. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido, preservando, en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos. 6. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en la Academia; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada. 7. El presidente del consejo directivo académico informará a los demás integrantes, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas. El consejo directivo académico realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo consagrado en el artículo 44 del Decreto 1965. 8. El consejo directivo académico dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes.
ATENCIÓN DE SITUACIONES TIPO III: la atención de las situaciones tipo III que se presenten dentro de la Academia deberán resolverse de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. En casos de daño al cuerpo o a la salud se debe garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia. 2.
Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados, actuación de la cual se dejará constancia 3. El presidente del consejo directivo académico de manera inmediata y por el medio más expedito, pondrá la situación en conocimiento de la Policía Nacional, actuación de la cual se dejará constancia. 4. No obstante, lo dispuesto en el numeral anterior, se citará a los integrantes del consejo directivo académico en los términos fijados en el manual de convivencia. De la citación se dejará constancia. 5. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los participantes, de los hechos que dieron lugar a la convocatoria, guardando reserva de aquella información que pueda atentar contra el derecho a la intimidad y confidencialidad de las partes involucradas, así como del reporte realizado ante la autoridad competente 6. Pese a que una situación se haya puesto en conocimiento de las autoridades competentes, el consejo directivo académico adoptará, de manera inmediata, las medidas propias del establecimiento educativo, tendientes a proteger dentro del ámbito de sus competencias a la víctima, a quien se le atribuye la agresión y a las personas que hayan informado o hagan parte de la situación presentada, actuación de la cual se dejará constancia. 7. Los casos sometidos a este protocolo serán objeto de seguimiento.
Parágrafo. Una vez agotadas las instancias institucionales, las situaciones de alto riesgo de violencia escolar o vulneración de derechos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes que no puedan ser resueltas por las vías que establece el manual de convivencia y se requiera la intervención de otras entidades o instancias, serán trasladadas por el Director Académico de conformidad con las decisiones del consejo directivo académico al ICBF, la Comisaria de Familia, la Personería Municipal o Distrital o a la Policía de Infancia y Adolescencia, según corresponda.
ARTÍCULO 59. DEBIDO PROCESO Y PRINCIPIOS: como derecho fundamental consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política está encaminado, a que el infractor de una falta considerada como disciplinaria conozca los cargos en forma clara, concisa y oportuna para que pueda ejercer todos los medios de réplica, pedir las pruebas, obtener su decreto y práctica, así como controvertir las que lo inculpan y en general, participar de modo activo en todo el proceso disciplinario, sin que sea posible adoptar decisiones contrarias a derecho.
En este sentido, las actuaciones que surtan dentro del trámite del proceso disciplinario aquí regulado, se adelantarán con apego a los siguientes principios:
Legalidad: el procedimiento disciplinario, las conductas constitutivas de falta disciplinarias y las sanciones se encuentran reguladas en el presente manual.
Igualdad: en la aplicación del proceso disciplinario y en la imposición de sanciones se dará el mismo trato a todos estudiantes con protección de los menores de edad y sujetos de especial protección constitucional.
Imparcialidad: la institución actuará teniendo en cuenta el procedimiento disciplinario establecido, garantizando los derechos de los investigados , sin consideración a cualquier motivación subjetiva
Presunción de inocencia: el investigado se presume inocente hasta que se demuestre lo contrario.
Transparencia: el investigado tiene derecho a conocer las actuaciones que se adelantan en ejercicio del proceso disciplinario.
Buena fe: la institución a través de sus órganos de gobierno asumirá un comportamiento leal y fiel dentro del ejercicio de sus competencias , derecho y deberes
Eficacia: las directivas de la Academia garantizarán que el procedimiento disciplinario cumpla su finalidad en procura de la efectividad de los derechos del investigado
Celeridad: se garantiza un proceso sin dilaciones injustificadas; y con respeto a los derechos de contradicción en relación a la práctica y aporte de las pruebas y defensa en el sentido de otorgar al investigado la posibilidad de esgrimir los hechos y argumentos que se le endilgan.
ARTÍCULO 60. ETAPAS DEL DEBIDO PROCESO: En cumplimiento del marco legal y constitucional y teniendo en cuenta los aspectos contemplados en los artículos 42 y 43 de la Ley 1098, bajo principios de legalidad, contradicción, favorabilidad, ha dispuesto el presente procedimiento interno disciplinario, con fundamento en el precedente constitucional marcado en la sentencia T-967 de 2007:
QUEJA Y/O COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN DE UNA FALTA: La instancia competente, en primera oportunidad, para que le sea dado a conocer la posible comisión de una falta es la Coordinación Académica. El hecho podrá ser informado por cualquier miembro de la Comunidad Educativa, necesariamente mediante informe o acta sustentada y firmada por el funcionario que interpone la
queja o informa de la comisión de una falta. El informe o acta deberá contener como mínimo: a. Fecha del informe o acta queja. b. Descripción de la queja o de los hechos que presuntamente constituyen la falta. c. Testigos y/o pruebas que aporta, si es del caso. d. Datos del informante o quejoso. e. Firma de quienes intervinieron.
Cuando la queja o la información sobre la comisión de una falta sea remitida de forma anónima, solo se le dará trámite si el informe o acta aporte datos o pruebas que puedan llegar a ser verificados y lleguen a demostrar la veracidad de los hechos informados.
INDAGACIÓN PRELIMINAR: La Coordinación Académica desde el momento de conocer el acto presuntamente reprochable, contará con un término de dos (2) días hábiles para realizar una primera etapa de exploración, con el fin de determinar las circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que se pudieron presentar los hechos. En aquellos casos donde la Coordinación Académica, encuentre que se
trata de una falta leve, procederá a citar al estudiante con el fin de gestionar un plan de mejoramiento; se elevará un acta con los compromisos que el estudiante adquiera como plan de mejora y los tiempos que se establezcan para cumplirlos.
TRÁMITE PREVIO A LA APERTURA: Si la falta es leve pero con reincidencia, o grave o gravísima, la Coordinación Académica convocará en un término máximo de dos (2) días hábiles al Consejo Directivo, quienes deberán reunirse en los dos (2) días hábiles siguientes, y decidirán la procedencia de apertura de un proceso disciplinario; se tendrán las consideraciones necesarias si el estudiante es menor de edad.
APERTURA FORMAL DEL PROCESO: Si el Consejo Directivo, en pleno, determina que en efecto se está frente a la comisión de una falta que contraviene las normas contempladas en el Manual de Convivencia, se procederá a comunicar formalmente al estudiante; si se trata de un estudiante menor de edad, se
comunicará mediante sus representantes legales.
COMUNICACIÓN: La comunicación de la que trata el numeral anterior, deberá constar por escrito o correo electrónico y en éste se le informará al estudiante o a sus representantes legales, de manera clara y precisa, la apertura de un proceso. Esta comunicación deberá darse dentro de los tres (3) hábiles siguientes a la fecha de sesión del Consejo. La comunicación dirigida al (los) estudiante(s) presuntamente implicado(s) contendrá como mínimo los siguientes aspectos: a. Relación del informe o de la queja presentada, adjuntando copia del (la) mismo(a) y de todas las pruebas existentes hasta esa fecha. b. Identificación del (los) probable(s) autor(es) de los hechos, precisando sus nombres, identificación,
programa, grupo y horario al que pertenece(n). c. Los motivos o conductas por los cuales se da apertura al proceso disciplinario. d. Las presuntas faltas disciplinarias (académicas o disciplinarias) en las que ha incurrido, indicando las normas del Manual de Convivencia que ha infringido. e. Calificación provisional de la(s) probable(s) falta(s). f. Informes sobre el derecho a controvertir las pruebas allegadas o que se alleguen en su contra y a aportar y/o solicitar la práctica de las pruebas que considere pertinentes. g. Lugar, fecha y hora donde se realizará la sesión del Consejo Directivo en la cual presentará los descargos y se recepcionarán las pruebas. Esta sesión deberá llevarse a cabo dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes al envío de esta comunicación.
FORMULACIÓN DE CARGOS: La presentación de los descargos podrá ser de manera escrita por escrito en el término de tres (3) días hábiles a partir de la notificación, dirigido al correo electrónico de la sede, que es administrado por el coordinador académico y este asimismo notificará a los demás miembros del
consejo directivo, según decida hacerlo el estudiante, en cualquier caso deberá presentarlos personalmente, honrando la verdad. Dentro de la diligencia de descargos se podrá presentar las pruebas que se estimen conducentes a fin de aclarar el hecho que se controvierta, el estudiante personalmente y con asistencia de su representante legal, si es menor de edad, podrá controvertir las pruebas en su contra y aportar las pruebas que considere pertinentes, necesarias y útiles para sustentar sus descargos de acuerdo con lo establecido en el ordenamiento jurídico colombiano para efectos probatorios. Tras garantizar el derecho de defensa se cerrará la etapa de descargos, notificando personalmente, el plazo de la decisión; dicho plazo no podrá exceder de ocho (8) días hábiles contados desde el día siguiente a la presentación de los descargos.
Los representantes legales de los estudiantes menores de edad, podrán participar de manera verbal o escrita dentro del proceso, pero estrictamente para velar por el respeto de los derechos fundamentales de sus hijos menores y en especial del debido proceso. En caso de solicitud de prórroga para presentar los descargos, este término se podrá extender por un día más, siempre que se solicite por escrito con debida justificación.
Si la persona a quien se solicita descargos no se localizase o negase a notificarse, será notificado por aviso fijado en la cartelera de la coordinación académica, de la institución por el término de 3 días hábiles, término en el cual se entenderá notificado.
NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN: Los actos mediante los cuales se pone fin a un proceso disciplinario (exonerando o sancionando) se denominan resoluciones y serán notificadas personalmente por el Coordinador académico y en caso de no poderse surtir este tipo de notificación se realizará mediante aviso publicado en la cartelera de la Coordinación Académica por el término de tres (3) días hábiles.
RECURSO DE REPOSICIÓN: Contra la resolución que imponga sanción se podrá interponer el recurso de reposición ante la dirección académica y convivencial (direccionacademica@smart.edu.co) para su gestión y al coordinador de la sede para su conocimiento (nombredelasede@smart.edu.co. ejm. Chapinero@smart.edu.co ) dentro de los 3 días hábiles siguientes a la notificación de la sanción; el recurso debe ser resuelto por el Consejo Directivo en un término no mayor a quince (15) días hábiles.
RECURSO DE APELACIÓN: El estudiante que manifieste que con una medida impuesta se le ha desconocido o vulnerado alguno de los derechos consagrados en el manual de convivencia podrá presentar por escrito recurso de apelación dentro de los tres (3) días hábiles siguiente a la notificación de la la medida o sanción, enviando un correo electrónico al consejo directivo (juridico@smart.edu.co) (direccionacademica@smart.edu.co ). El recurso debe ser resuelto por el consejo directivo el cual deberá resolverlo en un término no mayor a quince (15) días hábiles. No procederá la segunda apelación.
PARÁGRAFO 1: La interposición de este recurso generará efecto suspensivo de la decisión hasta tanto se resuelva. En el acto que resuelva el recurso no es procedente agravar la sanción inicialmente impuesta.
PARÁGRAFO 2: La resolución de los recursos deberá ser notificada al estudiante de acuerdo con lo establecido en el manual. La sanción impuesta sólo será aplicable una vez el acto se encuentre en firme, porque no se interpuso recurso de reposición o de apelación, o porque el recurso interpuesto se encuentra decidido.
ARTÍCULO 61. CRITERIOS PARA DETERMINAR LA GRAVEDAD DE FALTAS. Al momento de evaluar la gravedad o no de una falta, se deberán tener en cuenta los siguientes criterios: 1. Edad del estudiante. 2. Reincidencia y/o antecedentes del estudiante. 3. Grado de participación del estudiante y contexto que
rodeó la falta. 4. Las condiciones personales y familiares del estudiante. 5. Complicidad. 6. El daño causado y sus efectos. 7. Evasión o confesión de responsabilidades. 8. Haber reparado o compensado el daño causado y/o los perjuicios ocasionados por iniciativa propia. 9. Haber restituido o reparado, el bien
afectado con la conducta.
ARTÍCULO 62. SANCIONES.
Dependiendo de la calificación de la falta se realizarán los siguientes procedimientos:
PROCEDIMIENTOS FORMATIVOS Es el trabajo de reflexión y concienciación de los principios, acuerdo o mecanismos de convivencia, como son, la responsabilidad, honestidad, respeto y solidaridad.
Se realizan a través de:
Consejo directivo académico junto con los implicados en el conflicto; en caso tal de que alguno de los participantes anteriormente nombrados fueran objeto de discordia se delegará esta función al Director Académico y dos docentes ajenos a la situación. Este procedimiento aplica toda vez que el estudiante incumpla u omita por primera vez alguno de los deberes redactados en el presente manual en el artículo 23. En el caso del literal (m) del mismo artículo será sujeto de discusión del consejo directivo académico de clasificar la conducta como leve o grave según el caso.
Las sanciones contempladas son:
Amonestación privada
Sanción Pedagógica.
PROCEDIMIENTOS CORRECTIVOS
Es el trabajo de: reflexión y concienciación sobre los principios, acuerdos o mecanismos de convivencia protección de colectividad, que busca la implementación de alternativas para el mantenimiento del orden establecido por el presente manual y las demás reglamentaciones de la institución.
Este procedimiento se realiza a través de: estudio de la situación por medio del consejo directivo académico, reuniones programadas para la toma de decisiones y resoluciones. Este procedimiento será aplicado cada vez que un miembro de la comunidad estudiantil incurra de manera repetitiva en el incumplimiento u omisión de los deberes contemplados en el artículo 23 del presente manual
Las sanciones contemplan:
Suspensión temporal.
Cancelación de la matrícula o contrato
Expulsión (sin detrimento de la posibilidad de reintegro posterior a la institución).
PARÁGRAFO : En cualquier caso la persona a sancionar tendrá derecho a ser oído y a presentar los descargos y pruebas correspondientes. Cláusula penal. El incumplimiento de las obligaciones por parte de EL CONTRATANTE dará lugar a la cancelación del contrato y al cobro por parte de EL CONTRATISTA a título de pena de una suma equivalente al veinticinco por ciento (25%) en proporción al valor no pagado de la totalidad del contrato acordado por las partes. Este valor deberá ser cancelado de contado por parte de EL CONTRATANTE. Si existe incumplimiento probable del incumplimiento por parte de EL CONTRATISTA, éste realizará la devolución del dinero resultante de los descuentos de las horas y/o niveles, material didáctico. PARÁGRAFO PRIMERO: Lo estipulado en la presente cláusula aplica sólo para contratos cuya forma de pago se ha pactado a crédito partir de los contratos suscritos del 01/11/2019.
PARÁGRAFO. El procedimiento de atención y servicio al cliente se encuentra divulgado en nuestra página web desde allí se podrá revisar la ultima actualización //smart.edu.co/servicio-al-cliente/
INTERPRETACIÓN Y VACÍOS. El Consejo Directivo y el Consejo Académico quedan facultados para que, por vía de autoridad, interpreten este Manual en los aspectos en los cuales no sea clara su aplicación. Igualmente, para llenar los vacíos que presente el mismo.
Información complementaria
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